Seguro de Cumplimiento

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Nuestro Portafolio

Contamos con un amplio portafolio que se adapta a todas las necesidades.

Seguro de Caución Judicial

Seguro de Caución Judicial

Garantía ordenada por las Entidades que administran justicia, otorgada en el transcurso de un proceso o de una diligencia judicial, por alguna de las partes, con la finalidad de proteger a la contraparte o a terceros, respecto de los perjuicios que puedan surgir de la aplicación de una medida judicial, y, por otro lado, garantizar el cumplimiento de los ordenado por el juez con fundamento en la ley.

Disposiciones legales

Seguro de Disposiciones Legales

Estas pólizas garantizan el cumplimiento de obligaciones de origen legal o reglamentarias relacionadas con determinadas actividades en las cuales posee control directo o indirecto al Estado

Seguro de Cumplimiento

Seguro de Cumplimiento

Nuestro seguro de Cumplimiento cubre al asegurado contra los perjuicios directos derivados del incumplimiento atribuible al contratista, de las obligaciones emanadas del contrato garantizado.

SEGMENTOS

• Cumplimiento en favor de entidades públicas con régimen privado de contratación:
Cubre los perjuicios directos que sufra la entidad de economía mixta, derivados del incumplimiento de las obligaciones asumidas por sus contratistas.

• Cumplimiento a favor de ECOPETROL:
Protege al asegurado por los perjuicios económicos derivados del incumplimiento de las obligaciones del afianzado-garantizado descritas en el acuerdo de voluntades.

• Cumplimiento para contratos estatales a favor de la ANI:
Se cubre a la ANI contra los perjuicios directos, derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado.

• Cumplimiento a favor de entidades estatales:
Amparar a la entidad asegurada, contra los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial o cumplimiento tardío o defectuoso imputable al contratista, de las obligaciones emanadas del contrato garantizado.

• Cumplimiento sector privado:
Amparar al asegurado, contra los perjuicios directos derivados del incumplimiento imputable al contratista, de las obligaciones emanadas del contrato garantizado.

• Cumplimiento a favor de empresas de servicios públicos - Ley 142 de 1994:
Cubre a las empresas de servicios públicos contratantes por los perjuicios directos derivados del incumplimiento imputable al contratista de las obligaciones emanadas del contrato garantizado. este amparo cubre el pago de la cláusula penal pecuniaria y las multas. .

Tarifa

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