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Póliza de seriedad de la candidatura

¿Quiénes deben inscribir su candidatura con póliza de disposiciones legales de seriedad de la candidatura?


El artículo 108 de la Constitución Política consigna la posibilidad de inscripciones en procesos electorales a movimientos de ciudadanos y grupos significativos, a su turno el artículo 9 de la Ley 130 de 1994 dispone que los movimientos de ciudadanos y grupos significativos puedan inscribir sus candidaturas otorgando una garantía de seriedad de la candidatura.

¿Cómo se establece el valor asegurado de la póliza de disposiciones legales de seriedad de la candidatura?


El Consejo Nacional Electoral mediante Resolución No. 0674 de 2023 fija la cuantía de las garantías de seriedad de la candidatura para las elecciones que se llevarán a cabo en el año 2023 estableciendo como alternativas las pólizas de seguro y las garantías bancarias.

¿Es necesario otorgar contragarantías para la expedición de este tipo de póliza?


No, la Ley Estatutaria 409 de 2020 en su artículo 77 prohíbe a las compañías de seguros exigir contragarantías de cualquier naturaleza para la expedición de pólizas de seguros de seriedad de la candidatura, es por ello que, ninguna aseguradora podrá condicionar la emisión de una póliza de seriedad de la candidatura a la presentación u otorgamiento de contragarantías.

¿Cuáles son los documentos mínimos requeridos para expedir la póliza de disposiciones legales de seriedad de la candidatura?


Los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales deben realizar el proceso de registro de comités inscriptores congreso 2022 de manera virtual mediante la plataforma que para tal fin a dispuesto la Registraduría Nacional del Estado Civil, por lo cual la documentación mínima que se deberá presentar para el trámite de la póliza de disposiciones legales de seriedad de la candidatura no puede ser distinta a la que allí se requiere a saber: 

  1. Acta de registro del comité inscriptor que contenga, nombre de los 3 ciudadanos que lo integran, nombre del grupo significativo de ciudadanos o movimiento social en nombre del cual recogerán las firmas y aparecerán identificados en la tarjeta electoral. 
  2. Definir el cargo o la corporación respecto de la cual se hará la inscripción de la candidatura.
  3. Relacionar los candidatos de la lista de grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales 
  4. Carta formal de solicitud de expedición de la póliza de disposiciones legales de seriedad de la candidatura en la cual el candidato que inscribe su candidatura exprese las condiciones de cuantía por la cual se requiere dicha póliza. 
Sus inquietudes y consultas relacionadas con el otorgamiento de pólizas de disposiciones legales de seriedad de la candidatura podrá dirigirlas a través del correo ProcesosElectorales@previsora.gov.co, o a través de nuestro Centro de Llamadas en la ciudad de Bogotá 601 348 7555, y a nivel nacional 01 8000 910 554, disponibles durante las 24 horas, los 7 días de la semana.
 

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